Los Centros de Formación que impartan cursos CAP deberán instalar un sistema de control de acceso biométrico para verificar la asistencia real de los alumnos al curso.
El terminal deberá estar en funcionamiento antes del 1 de marzo de 2021.
El Ministerio de Transportes, movilidad y agenda urbana ha publicado una Resolución que fija las características de los sistemas de control biométrico en los centros de formación de los conductores de transporte por carretera.
El Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula el CAP, modificado por el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, establece que los centros de formación de conductores deben disponer, entre otros requisitos, de un sistema de control de acceso biométrico homologado para facilitar el control de asistencia a los cursos que se impartan tanto en el aula como a bordo de un vehículo.
¿Qué es la biometría?
La biometría es una tecnología de identificación basada en el reconocimiento de una característica física e intransferible de las personas como, por ejemplo, la huella digital, el reconocimiento del patrón venoso del dedo o el reconocimiento facial.
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¿Qué es un sistema de control de acceso biométrico?
Los sistemas de control de acceso biométrico son aquellos sistemas automatizados que permiten registrar el acceso, la salida, o el acceso y la salida de un determinado punto, recinto o local, en virtud del control e identificación de un parámetro biométrico, como puede ser la huella dactilar, la imagen facial u otro parámetro similar.
Habitualmente estos sistemas tienen un funcionamiento off-line y guardan un registro en memoria del histórico de accesos (con información del usuario, hora y día del acceso, etc.) y otros eventos como alarmas u otras incidencias. Este registro puede ser descargado a un PC u otro host para su posterior tratamiento.
¿Qué sistemas biométricos deben disponer los centros de formación de conductores?
Deberán garantizar el registro diario de la jornada de formación de cada uno de sus alumnos, que deberá incluir el registro del horario concreto de inicio y finalización de cada jornada de formación a la que asistan, tanto si dicha formación es impartida en aula como si lo es a bordo de un vehículo.
¿Qué información deberán registrar?
- Identificador del Centro de Formación.
- Código del curso.
- Fecha y horas de inicio y finalización de la jornada lectiva.
- Identificación del alumno mediante documento Nacional de Identidad o número de identidad de extranjero.
¿Cuánto tiempo deben conservar los registros?
Los centros autorizados de formación de conductores deberán conservar los registros de cada curso durante 1 año, a lo largo del cual permanecerán a disposición de los Servicios de Inspección de Transporte.
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